Condiciones de venta
1. En estas condiciones generales de venta y envío a partir de ahora serán referidas como “Condiciones Generales” Los siguientes términos tienen los siguientes significados:
- “Cliente”: cada persona individual o legal que adquieran productos de Lacueva Can Making Machinery, S.L. o a quien Lacueva Can Making Machinery, S.L. haga una oferta.
- “Producto”: cada item sujeto a una oferta o acuerdo en cada provisión de servicios por Lacueva Can Making Machinery, S.L. semejante a un contrato de trabajo, transferencia de título, dando consejo, inspección, reconstrucción, etc
2. Estas condiciones generales son parte de todas las ofertas hechas por Lacueva Can Making Machinery, S.L., todos los pedidos a Lacueva Can Making Machinery, S.L. y todos los acuerdos concluidos con Lacueva Can Making Machinery, S.L. referentes a la entrega de productos o provisión de servicios por Lacueva Can Making Machinery, S.L. A no ser que las partes hayan especificado y escrito estipulaciones distintas, todos los términos y condiciones de estas condiciones generales están total e incondicionalmente vigentes Cada referencia por un cliente hacia sus propias condiciones generales, independiente del nombre dado a estas condiciones, sin tener en cuenta la fase de las conclusiones en un acuerdo con Lacueva Can Making Machinery, S.L. en la cual la referencia sea hecha, será específicamente rechazada. En el caso de contrariedad con estas condiciones generales con las condiciones generales escritas del cliente, sea como se llamen, las condiciones generales de Lacueva Can Making Machinery, S.L. tendrán prioridad, a menos que cuando la aplicabilidad de las condiciones escritas por el cliente hayan sido específicamente y por escrito aceptadas por Lacueva Can Making Machinery, S.L.
3. El cliente tiene derecho a aceptar la aplicabilidad de estas condiciones generales con respecto a posteriores ofertas de Lacueva Can Making Machinery, S.L., pedidos a Lacueva Can Making Machinery, S.L. y acuerdos con Lacueva Can Making Machinery, S.L. quien tiene la posibilidad de modificar estas condiciones generales. La modificación de condiciones será mandada al cliente a tiempo. Una modificación tiene efecto desde la fecha de anuncio de efectividad o, en la ausencia de una fecha, en el momento que la modificación ha sido anunciada o puesta en conocimiento del cliente.
1. Cada oferta hecha por Lacueva Can Making Machinery, S.L., es hecha libre de obligaciones, a menos que Lacueva Can Making Machinery, S.L. lo haya explicitado y lo haya indicado distinto.
2. Cada oferta está basada en un presupuesto o factura proforma, bajo la presunción de que el acuerdo es hecho en concordancia con la oferta que puede ser completada por Lacueva Can Making Machinery, S.L. bajo circunstancias normales durante las horas normales de trabajo.
3. Todo presupuesto o factura proforma indicará la forma de pago. Esta forma de pago puede indicar un porcentaje o cantidad como anticipo. En caso de que el cliente rehuse la conclusión del negocio, éste anticipo servirá como indemnización a favor de Lacueva Can Making Machinery, S.L. como cancelación del negocio.
1. Un acuerdo es sólo concluido si cuando Lacueva Can Making Machinery, S.L. acepten un pedido del cliente por escrito o cuando Lacueva Can Making Machinery, S.L. comienza la ejecución del pedido.
2. El cliente está obligado a notificar a Lacueva Can Making Machinery, S.L. cualquier cambio significativo en referencia a la ejecución de un pedido dado a tiempo y por escrito. El pedido en referencia al que se está dando el cambio, es considerado un nuevo pedido el cual será llevado a cabo con consentimiento de Lacueva Can Making Machinery, S.L., si Lacueva Can Making Machinery, S.L. acepta el pedido por escrito. En el caso de que Lacueva Can Making Machinery, S.L. no acepte el nuevo pedido, el pedido original se anulará y en referente a las obligaciones ya realizadas se desharán. En el caso de que la obligación que ya, parcialmente, haya sido realizada puede razonablemente no ser deshecha, está la obligación de remunerar el valor, que es conocido por el valor de factura, Lacueva Can Making Machinery, S.L. está autorizado a cargar cualquier gasto adicional que surja en relación a tales cambios de la ejecución del cliente.
3. Excepto que el consentimiento explícito escrito de Lacueva Can Making Machinery, S.L., nos apruebe a revocar un pedido dada a la entrega de un producto, Lacueva Can Making Machinery, S.L. es libre de rehusar el consentimiento de tal revocación. En el caso de que Lacueva Can Making Machinery, S.L. consienta en la anulación del pedido, dada a la entrega de un producto, Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene todavía la titularidad de cualquier pago hecho al contado.
4. Sujeto a otras provisiones indicadas en esta sección, todo aconseja, cálculos, declaraciones y valores en cuanto a capacidades, los resultados y el funcionamiento esperado sólo atan a Lacueva Can Making Machinery, S.L. cuando tal información es incluida en la confirmación escrita del pedido de Lacueva Can Making Machinery, S.L.
1. El envío de productos por Lacueva Can Making Machinery, S.L., tiene lugar bajo una de las siguientes condiciones con los siguientes significados:
- “En las condiciones del fabricante” Un producto nuevo será enviado en la condición que el producto ha sido enviado a Lacueva Can Making Machinery, S.L. por el fabricante del producto.
- “Donde está y como está” : En la condición que está y en el lugar que está el producto. “ En condiciones de trabajo”: El producto es completo y ha sido probado en una operación apropiada en conformidad con el manual, es posible que ciertas partes necesiten ser reemplazadas.
- “ Reacondicionada” El producto está completo y ha sido probado en una operación apropiada en conformidad con el manual, partes defectuosas o insuficientes han sido reemplazadas.
2. Cada envío toma lugar ex almacén de Lacueva Can Making Machinery, S.L., a menos que las partes especifiquen por escrito lo contrario.
3. A menos que las partes especifiquen por escrito estar conforme en lo contrario, el cliente corre con el riesgo relativo al transporte de los productos desde el lugar acordado para el envío hasta el destino final de los productos propuesto por el cliente.
1. El plazo de entrega no empezará hasta después de que Lacueva Can Making Machinery, S.L. haya recibido todos los documentos, información, permisos y cosas por el estilo necesarias para el envío.
2. El plazo de entrega indicado o acordado por Lacueva Can Making Machinery, S.L. está sin ninguna obligación y sólo cuenta como una aproximación, a menos que las partes lo hayan acordado específicamente por escrito. El único vencimiento del plazo de entrega no pone a Lacueva Can Making Machinery, S.L. en mora/falta.
3. Lacueva Can Making Machinery, S.L. hará todos los esfuerzos razonablemente exigibles para la entrega dentro del plazo establecido. Sin perjuicio de la intención maliciosa o por negligencia grave, la superación del plazo de entrega no da al cliente el derecho a reclamar una indemnización, o rechazar el producto, para romper o suspender cualquiera de sus propias obligaciones derivadas del acuerdo celebraron con Lacueva Can Making Machinery, S.L., o a la parcial disolución de dicho acuerdo.
4. Sólo la superación de un plazo de entrega, que se exprese por escrito acordado por Lacueva Can Making Machinery, S.L. y que fuera calificado expresamente como fatal da al cliente el derecho a una indemnización. Dicha compensación no puede exceder el precio acordado por el retraso en el cumplimiento.
5. El cliente tiene derecho a disolver la parte del acuerdo que no ha sido llevado a cabo, si la prestación acordada no se lleva a cabo dentro de un plazo razonable establecido por escrito por el cliente después de la superación del plazo de entrega que significa arriba. Si el cliente opta por rescindir el contrato el derecho a reclamar indemnización expira.
6. Cada plazo de entrega se extiende por el período en que el cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato se ha retrasado a causa de fuerza mayor, independientemente de las circunstancias que constituyen la fuerza mayor se producen antes o después del momento en que las obligaciones que se han realizado . Una extensión del plazo de entrega también se lleva a cabo cuando y por el tiempo que el cliente es más tarde de lo acordado, o pueden esperar por Lacueva Can Making Machinery, S.L. con cualquier pago o en el desempeño de cualquier otra obligación, independientemente de si el cliente está en mora o no.
7. Las disposiciones del presente artículo se aplicará a los tiempos de montaje también.
1. Los precios indicados por Lacueva Can Making Machinery, S.L. se basan en los tipos de cambio, aranceles y otros factores de precio de coste en el momento de la oferta, si, después del momento en el que se concluye un acuerdo de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de las presentes Condiciones Generales, cualquiera de los factores de precio de coste sufre un cambio, Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene el derecho de modificar sus precios en consecuencia. Estos cambios incluyen (sin limitación) el aumento de las tarifas de flete, los derechos de importación, derechos de exportación y otras imposiciones, el aumento de los precios de la energía, los cambios en los costos laborales y el cambio de formato a otras monedas como el euro.
2. Los precios indicados son impuestos excluidos, tasas y recargos, impuestos por el gobierno, el IVA cosas por el estilo, las contribuciones del medio ambiente, los cargos de cobre o metal y los costos de embalaje, transporte y envío, a menos que Lacueva Can Making Machinery, S.L. de manera explícita y por escrito indique lo contrario. El embalaje no será aceptado de nuevo.
3. En el caso de que Lacueva Can Making Machinery, S.L. se haya comprometido a montar el producto, el precio indicado incluye los costos de montaje y la entrega en las condiciones de funcionamiento del producto en el lugar acordado y que incluye todos los gastos, excepto los mencionados en los párrafos anteriores de esta sección y los que se refiere el artículo 7 de las presentes Condiciones Generales.
4. En sus acuerdos Lacueva Can Making Machinery, S.L. utiliza las indicaciones establecidas en los Incoterms 2000 de la ICC.
1. El cliente está obligado a la realización correcta y oportuna de todos los acuerdos, disposiciones y condiciones necesarias para la construcción del producto a ser ensamblado o el correcto funcionamiento del producto en estado montado, excepto en el caso de que dicha realización se lleva a cabo o en nombre de Lacueva Can Making Machinery, S.L. sobre la base de la información o los diseños proporcionados por Lacueva Can Making Machinery, S.L.
2. Sin perjuicio de lo dispuesto en el párrafo anterior, el cliente se asegura por su propia cuenta y riesgo de que:
- A. Los empleados actuales de Lacueva Can Making Machinery, S.L. u otras personas convocados por Lacueva Can Making Machinery, S.L. pueden iniciar y proseguir sus actividades durante las horas normales de trabajo y fuera del horario normal de trabajo, este último siempre y cuando el cliente haya sido notificado a tiempo de eso.
- B. En caso de montaje e instalación fuera de España a las personas mencionadas en (a) que serán alojadas de manera apropiada.
- C. Las vías de acceso al lugar designado de reunión serán adecuados para el transporte necesario así como el lugar designado de reunión.
- D. Habrá tiendas de materiales y herramientas que se puedan necesitar.
- E Habrá disponibilidad de trabajadores necesarios adicionales, herramientas, materiales, equipos de medición y equipos de prueba.
- F. Se mantendrán todas las precauciones habituales de seguridad y otras precauciones y todas las medidas establecidas por el gobierno.
- G. Al comienzo y durante el montaje de los productos que fueron enviados con anterioridad por o en nombre de Lacueva Can Making Machinery, S.L. estarán disponibles en el lugar de montaje.
3. Los daños y perjuicios sufridos o gastos realizados como consecuencia del incumplimiento de las disposiciones establecidas en esta sección se realiza a expensas del cliente.
1. Como una seguridad adicional para el pago del monto adeudado por el cliente, la transferencia de la titularidad del producto entregado por Lacueva Can Making Machinery, S.L. se llevará a cabo sólo después de la liquidación a clientes de todas las cantidades adeudadas a Lacueva Can Making Machinery, S.L. en relación con el acuerdo en cuestión, y si, y por lo que la ley permite también en relación con otros acuerdos, incluido intereses, posiblemente en circulación y los costos.
2. Sin el conocimiento y el consentimiento expreso por escrito de Lacueva Can Making Machinery, S.L. ,el cliente no tiene derecho a enajenar o gravar el producto entregado por Lacueva Can Making Machinery, S.L. antes del pago de la suma debida por él a Lacueva Can Making Machinery, S.L.. En caso de incumplimiento de esta disposición, el precio de venta será exigible de inmediato y por completo.
3. El cliente tiene la obligación de notificar a un tercero a quien se le transfiere la titularidad de los productos entregados por Lacueva Can Making Machinery, S.L. o al que da los mismos en prenda con el compromiso de los contenidos de esta sección de las Condiciones Generales.
4. Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene el derecho de retener la posesión de todos los bienes que pertenecen en propiedad a los clientes, que son o estén, por cualquier razón, en su poder, hasta el momento en que todas las cantidades adeudadas a Lacueva Can Making Machinery, S.L. sean resueltos por el cliente. Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene este derecho de detención, así como en el caso de que el cliente sea acordada la suspensión de pagos o vaya a la bancarrota, de retención expira cuando el cliente proporciona la seguridad suficiente para las cantidades adeudadas por él.
1. Los derechos de autor y los posibles otros derechos de propiedad intelectual o industrial que se apoyan en esquemas, dibujos, fotografías, modelos, etcétera, diseñado por Lacueva Can Making Machinery, S.L. pertenecen a Lacueva Can Making Machinery, S.L., a menos que las partes tengan expresamente y por escrito otro acuerdo.
2. El cliente garantiza que la actuación de cualquier orden dada a Lacueva Can Making Machinery, S.L. por el cliente no viola ningún derecho de propiedad intelectual o industrial de un tercero.
1. Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene el derecho de facturar cada entrega parcial, que incluye las entregas de las piezas de un orden compuesto, por separado. Con respecto a los pedidos que requieren un largo tiempo de procesamiento Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene el derecho de facturar en cuotas, pero sólo después de consultar con el cliente respecto a los términos y las cantidades.
2. Todos los pagos deben hacerse en la moneda designada por Lacueva Can Making Machinery, S.L.. Los pagos se deben hacer en las oficinas de Lacueva Can Making Machinery, S.L. o para su abono en una cuenta designada por Lacueva Can Making Machinery, S.L.
3. Los pagos se deben hacer dentro de la fecha de vencimiento indicada en la factura, y en ausencia de una fecha dentro de los 30 días siguientes a la fecha de la factura, a menos que las partes tienen expresamente y por escrito acordado otro plazo.
4. En todos los casos Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene el derecho de exigir pagos por adelantado o con la seguridad suficiente, con respecto a las cantidades que le correspondía. Además tiene el derecho de cesar el funcionamiento de una orden cuando la seguridad requerida falle.
5. El cliente que no este conforme con cualquier cantidad debida por él en cumplimiento de las disposiciones de los párrafos anteriores se encuentra en mora. Inmediatamente a partir del inicio de la omisión, el cliente debe a Lacueva Can Making Machinery, S.L. interés por pago atrasado en el orden del 1% del importe facturado por cada mes o fracción de mes con el que se supera la fecha de vencimiento. Esto va a pesar de cualquier otro derecho Lacueva Can Making Machinery, S.L. adquiere como resultado de la falta de pago por el cliente, cosas por el estilo el derecho a recuperar por parte del cliente todos los gastos (extra) judiciales involucrados en el cobro de las cantidades adeudadas a Lacueva Can Making Machinery, S.L. En caso de incumplimiento de los cargos colección extra-judiciales, que representan el 15% de la cantidad adeudada, estos correrán por cuenta del cliente.
6. El cliente no está autorizado a cualquier deducción o compensación de cualquier reclamación que los estados tengan contra Lacueva Can Making Machinery, S.L. De hecho, que el cliente declara tener un acuerdo con Lacueva Can Making Machinery, S.L. no le exculpa del cumplimiento de sus obligaciones de pago en el plazo convenido y en la forma convenida y no le da el derecho a suspender sus obligaciones de pago.
7. Los pagos por el cliente siempre primero servirá para pagar los intereses adeudados y, posiblemente, los costos y, posteriormente, las facturas de colección que han sido más sobresalientes, incluso el cliente debe indicar que el pago se refiere a una factura más adelante.
1. En estas condiciones generales, “Fuerza Mayor” tendrá el siguiente significado: cada circunstancia o acontecimiento independiente de la voluntad de Lacueva Can Making Machinery, S.L. que hace que el cumplimiento de las obligaciones hacia el cliente, total o parcialmente, temporalmente o no, imposible o no razonablemente exigible, independientemente de la circunstancia o acontecimiento se previó en el momento de la conclusión del acuerdo, o cosas por el estilo, incendios, accidentes, trabajo alteraciones, defectos o alteraciones y el software (parcial) falta de ejecución, por cualquier razón, por sub-contratistas o fabricantes.
2. El hecho de que Lacueva Can Making Machinery, S.L.. lleva a cabo sus obligaciones a pesar de una situación de fuerza mayor existente no prejuzga el derecho Lacueva Can Making Machinery, S.L. para invocar su derecho a la suspensión o terminación en otras situaciones.
1. Sin perjuicio de su derecho a una indemnización Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene el derecho a suspender el cumplimiento de sus obligaciones y tiene el derecho de extra-judiciales (parcial) de la disolución del acuerdo sin precedente notificación de incumplimiento y, además, tiene el derecho de recuperar sus propiedades en caso de incumplimiento del cliente de contrato, la colocación de bajo la tutela, la colocación bajo administración del capital, suspensión de pagos, quiebra, cese de la actividad o el fallecimiento y, si el cliente es una persona jurídica, también en el caso de liquidación de la persona jurídica o cambios sustanciales en la estructura de poder dentro de este marco legal persona.
2. Si se produce uno de los sucesos mencionados en el párrafo anterior hace que todas las reclamaciones de Lacueva Can Making Machinery, S.L.. hacia el cliente de inmediato y exigible en su totalidad.
3. Si el comportamiento de Lacueva Can Making Machinery, S.L. de una o más de sus obligaciones derivadas del contrato no puede razonablemente exigir de ella a causa de fuerza mayor, Lacueva Can Making Machinery, S.L. tiene derecho a (parcialmente) disolver el acuerdo por carta certificada, sin intervención judicial y tiene el derecho de suspender la ejecución (en parte) sin tener que rendir al pago de indemnización alguna.
4. El cliente sólo tiene derecho a rescindir el contrato en el caso mencionado en la sección 5 de las presentes Condiciones Generales, y aún así, sólo después del pago de Lacueva Can Making Machinery, S.L. de todas las cantidades adeudadas a Lacueva Can Making Machinery, S.L. , ya sea exigible o no.
1. Toda responsabilidad de Lacueva Can Making Machinery, S.L. para los productos entregados en “condición del fábricante” y la condición de los productos de segunda mano, con la excepción de la responsabilidad en virtud de una garantía explícita escrita y la responsabilidad de la conformidad con la ley obligatoria, termina con la entrega del producto.
2. Reclamaciones en virtud de una garantía con respecto a las deficiencias visibles deben ser hechas por escrito a Lacueva Can Making Machinery, S.L.. dentro de 10 días a contar desde el día de la entrega, bajo pena de cancelación del derecho de poner una reclamación. Si Lacueva Can Making Machinery, S.L. considera que la reclamación válida que hará todos los esfuerzos razonablemente exigible para llevar a cabo para la satisfacción del cliente.
3. Lacueva Can Making Machinery, S.L.. sólo responde por las deficiencias que no sean las entendidas en el párrafo anterior cuando el cliente demuestra que la deficiencia tiene su causa, ya sea en una construcción defectuosa, un acabado insuficiente o el uso de materiales de calidad insuficiente. Si Lacueva Can Making Machinery, S.L.. considera un reclamo que se hizo en un plazo razonable después de que el momento en que la deficiencia declaró podría haber sido descubierto válida, Lacueva Can Making Machinery, S.L.. hará todos los esfuerzos razonablemente exigibles para llevar a cabo la satisfacción del cliente.
4. Si Lacueva Can Making Machinery, S.L.. ofrece productos que fueron (en parte) de la empresa tercera parte Lacueva Can Making Machinery, S.L. garantía explícita por escrito en ningún caso ira más allá de las garantías concedidas a Lacueva Can Making Machinery, S.L. por sus subcontratistas o sus fabricantes.
5. El cliente no tiene derecho a invocar ninguna garantía expresa y por escrito cuando Lacueva Can Making Machinery, S.L. tenga, de conformidad con el acuerdo de entregar los productos utilizados, si los productos entregados se trabajó en acuerdo con las instrucciones del cliente, si el cliente ha utilizado los productos entregados para un fin distinto que estaba destinado a ser utilizado o si el cliente tiene tratamiento o se aplica a los productos de una manera negligente de otro modo. Además no hay ninguna garantía con respecto a uso y desgaste normal. Si los productos que ya han sido utilizados por un tercero, están involucrados, el uso y desgaste normal incluye el desgaste del uso anterior.
6. Lacueva Can Making Machinery, S.L. no se lleva a cabo a cualquier garantía explícita por escrito, si el cliente no completa o puntual de cualquiera de sus obligaciones derivadas del acuerdo con Lacueva Can Making Machinery, S.L.
1. Se excluye cualquier responsabilidad hacia el cliente con respecto a daños directos o indirectos, sufridos como consecuencia de cualquier causa, incluso los daños sufridos a causa de la propia culpa o por culpa del personal de Lacueva Can Making Machinery, S.L. – Con excepción de la intención maliciosa o por negligencia grave de los directores generales de Lacueva Can Making Machinery, S.L. -, Así como una reclamación de que el cliente va a la nulidad o disolución del acuerdo. El cliente indemnizará a Lacueva Can Making Machinery, S.L. frente a cualquier responsabilidad de terceros como consecuencia de actos o descuida por Lacueva Can Making Machinery, S.L.. o su personal con respecto al cumplimiento de las obligaciones derivadas del contrato o entrega defectuosa.
2. Lo dispuesto en el párrafo anterior también son aplicables con respecto a los posibles terceros – como sub-contratistas y / o de los fabricantes – que han sido contratados por Lacueva Can Making Machinery, S.L. para el cumplimiento de las obligaciones derivadas del acuerdo.
3. En la medida de responsabilidad como el incumplimiento de los resultados de las obligaciones contractuales o legales en Lacueva Can Making Machinery, S.L. frente a un tercero, el cliente indemnizará a Lacueva Can Making Machinery, S.L. la presente contra todas las consecuencias de ese pasivo.
4. El cliente es responsable de los daños, pérdidas cosas por el estilo de negociación, los costos e intereses, que Lacueva Can Making Machinery, S.L.. o terceros a través de Lacueva Can Making Machinery, S.L.. puedan sufrir como consecuencia de un acto de deficiencia o negligencia por parte del cliente.
1. En todas las ofertas hechas por Lacueva Can Making Machinery, S.L. a un cliente y todos los acuerdos celebrados entre Lacueva Can Making Machinery, S.L. es aplicable la ley Española.
2. La Convención de Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías (la llamada Convención de Viena de ventas) no es aplicable.
3. Cualquier disputa que surja de un acuerdo celebrado con Lacueva Can Making Machinery, S.L.. será juzgado por el Tribunal de la ciudad de Logroño, sin perjuicio de las competencias de la (una de las) partes de someter la controversia ante el Presidente de la Corte de Distrito competente, a fin de adquirir a un acuerdo provisional a través de un procedimiento sumario.